Calzado de seguridad o calzado de trabajo
Equipo técnico de Jukamo · Revisada el
El calzado de seguridad (EN ISO 20345) lleva puntera que protege los dedos frente a un impacto de 200 J; sus categorías empiezan por S. El calzado de trabajo (EN ISO 20347) no lleva puntera de protección; sus categorías empiezan por O. Si hay riesgo de caída de objetos o de aplastamiento, hace falta el de seguridad.
Las dos normas, lado a lado
| Seguridad | Trabajo | |
|---|---|---|
| Norma | EN ISO 20345 | EN ISO 20347 |
| Puntera | Sí, 200 J | No |
| Categorías | SB, S1 a S7 | OB, O1 a O3 |
| Equivalencias | S1 · S2 · S3 | O1 · O2 · O3 |
Cuándo basta el calzado de trabajo
En puestos sin cargas ni caída de objetos: hostelería, sanidad, comercio, oficinas técnicas, conducción. Allí un calzado O2, con corte hidrófugo y suela antideslizante, protege del agua y de los resbalones sin el peso de la puntera. La decisión la toma la evaluación de riesgos.
Los modelos sin puntera de la tienda están en calzado de trabajo sin puntera y en zuecos de trabajo.
Clase I y clase II
Las dos normas distinguen la clase I, calzado de cuero y otros materiales, de la clase II, todo caucho o todo polímero, como las botas de agua. En calzado de seguridad, las categorías de clase II son S4 y S5: ver la guía de botas de agua.
